- Crédito Solidario normado según Ley Nº 19.287 de 1994, vigente a la fecha:
• Es un crédito en UTM
• Con un reajuste anual del 2% desde la suscripción del pagaré
• Con un interés del 1% mensual o fracción por mes vencido
• Define una cuota anual equivalente al 5% de los ingresos del año anterior, calculada en base a Declaración de Ingresos
• Con un plazo de 12 años si la deuda es menor o igual a 200 UTM y un plazo de 15 años si la deuda es superior a 200 UTM
• Aplica descuentos por pagos anticipados
• Condonación en caso de incapacidad por invalidez o muerte del deudor.
• Si el deudor dio cumplimiento a todas sus obligaciones durante los 12 o 15 años plazo y restara un saldo de la deuda, ésta será condonada.
- Crédito Universitario “Reprogramado” normado según Ley Nº 19.848 de 2002:
• Se instauró en Junio de 2002. Consolidó la deuda total (lo adeudado, lo vencido y la deuda por vencer) al 30 de Junio de 2002 y estableció un nuevo saldo. El proceso de reprogramación se efectuó el año 2003 y la primera cuota se comenzó a cobrar el año 2004.
• Se condonaron intereses moratorios, si los deudores cancelaban su deuda total.
• Es un crédito en UTM
• Con un interés anual del 2% desde la suscripción del nuevo pagaré.
• Con un interés por mora del 1% mensual o fracción de mes de atraso.
• Al momento de reprogramar el deudor debió cancelar un 5% de su deuda consolidada o 7 UF, según el monto que fuera mayor.
• El año 2003 el deudor pactó con el administrador el N° de cuotas en que pagaría su deuda, plazo que no puede exceder de 10 cuotas anuales iguales y sucesivas.
• Si el 5% del total de los ingresos del año anterior del deudor es inferior a la cuota anual pactada, cancela sólo el 5%.
- Crédito Fiscal “Reprogramado” normado según Ley Nº 19.083 de 1991:
• Se instauró el año 1991.
• Es un crédito en UTM.
• Con un interés anual del 1% desde la suscripción del pagaré.
• Con un interés por mora del 1,5% mensual o fracción de mes de atraso.
• Reprogramó la deuda a un nuevo plazo de 10 años desde 31/12/1991 al 31/12/2000.
- Crédito Universitario normado según Ley Nº 18.591 de 1987:
• Se otorgó entre los años 1987 y 1993.
• Es un crédito en UTM.
• Con un interés anual del 1% desde la suscripción del pagaré.
• Con un interés por mora del 1,5% mensual o fracción de mes de atraso.
- Crédito Fiscal Universitario normado según D.F.L Nº 4 de 1981:
Otorgado entre los años 1981 y 1986.
• Es un crédito en UTM.
• Con un interés anual del 1% desde la suscripción del pagaré.
• Con un interés por mora del 1,5% mensual o fracción de mes de atraso.
• Se cancela en 10 cuotas anuales si la cuota es menor o igual de 40 UTM.
• Se cancela en 15 cuotas anuales si la cuota es mayor de 40 UTM.
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