Sistema de Cuentas UdeC
NORMATIVA DE CUENTAS
1. La cuenta UdeC (en adelante CU) electrónica es un beneficio que la Universidad de Concepción, a través de la Dirección de Tecnologías de Información (en adelante DTI), entrega a sus alumnos, docentes y funcionarios en general.

2. La vigencia de la CU, de acuerdo a cada usuario, es la siguiente:

CUENTAS PERSONALES

flecha Alumnos de pregrado: mientras sea alumno regular o se encuentre en proceso de titulación.

flecha Alumnos de postgrado: según norma interna de la Dirección de Postgrado.

flecha Funcionarios: hasta el cese de su relación laboral con la Universidad.

3. La cuenta se otorga exclusivamente para fines académicos y/o universitarios, es decir, apoyar actividades del quehacer de la docencia, de la investigación, de la extensión y de la administración que no contravengan la ética y principios de nuestra casa de estudios ni tampoco la legislación vigente.

4. El titular de la CU es el único responsable de los contenidos publicados en los distintos servicios, por lo que es quien responderá en caso de aplicación de sanciones por la violación de la presente normativa. Asimismo, responderá personalmente de los delitos informáticos contenidos en la ley 19.223

5. Los contenidos de las páginas web almacenadas en el servidor de la Universidad a través de la CU son públicos, por lo tanto están expuestos a revisiones periódicas por parte de la DTI, con el fin de corroborar que se cumplan las normativas presentes.

6. El uso de la CU es de carácter personal. Por lo tanto, no se deben usar cuentas de terceros ni autorizar su uso por personas distintas al titular.

7. El envío y recepción de mensajes es de carácter privado, por lo tanto, en principio, ningún organismo o persona está facultado para accesar esa información.

8. No obstante lo anterior, la DTI se reserva el derecho a revisar los materiales enviados, eliminar cualquier material a su entera discreción o revelar en cualquier momento y sin previo aviso cualquier información si lo cree necesario para cumplir con cualquier ley, reglamento, proceso legal o solicitud gubernamental aplicable.

9. Se considerará vulnerada la presente normativa en los siguientes casos:

flecha La utilización del espacio (para mails y/o página web) otorgado en la CU a cada usuario para anunciar u ofrecer la compra o venta de cualquier bien o servicio para cualquier fin comercial. Entre estos se consideran auspicios, patrocinios, links a empresas y similares.

flecha La incorporación de banners y links desde cualquier parte del sitio, que estén direccionados a instituciones comerciales con fines de lucro. Por ejemplo: bancos, tiendas comerciales, desarrolladores de sitios.

flecha La publicación de información que vulnere la legislación nacional, esté reñida con la ética o que contravenga los principios universitarios, tales como imágenes pornográficas, información homofóbica, racista, clasista que pueda dañar la integridad o el honor de las personas, instituciones o creencias. Tampoco se pueden incluir en las páginas personales, hipervínculos hacia sitios con estas características.

flecha El almacenamiento de música, software, películas, imágenes, código malicioso, claves de acceso o cualquier archivo cuyo contenido sea ajeno a los fines para los que se otorgó la cuenta.

flecha La carga de archivos que contengan virus, "Troyanos", "gusanos", bombas de tiempo, archivos dañados o cualquier otro programa o software similar, el envío de mail masivos (spam), Phishing scams, Hacktivismo u otras acciones que puedan perjudicar el funcionamiento de los equipos de la Universidad o de propiedad de terceros.

flecha Cualquier intento de apropiación de información de las bases de datos corporativas o de privados, el molestar a otros usuarios y la generación de sobrecarga, por ejemplo a través de la creación de foros en las páginas, ya sea en equipos de la Universidad o de conexiones fuera de la ella.

10. La DTI se reserva el derecho de modificar la presente normativa cuando así lo estime conveniente, dando por hecho que es conocida y aceptada por quienes ya poseen CU anteriores.

11. La DTI no se responsabiliza por los daños o perjuicios que la actuación de terceros pudiera generar en páginas personales, cuentas o correos de sus usuarios.

12. En caso de no cumplimiento de alguna o todas estas normas, la DTI se reserva el derecho de aplicar una sanción, que puede llegar hasta la suspensión temporal o definitiva del servicio al usuario, dependiendo de la gravedad de la situación, sin perjuicio de otras acciones penales o civiles que correspondan.

13. Esta normativa también aplica a las Cuentas Especiales, que se crean previa solicitud para Facultades, Reparticiones, Programas y otros.

14. Algunos de los servicios asociados a la CU tienen sus normativas específicas, las que se entienden conocidas e incluidas dentro de esta aceptación.

¿Acepta la normativa vigente?

Pie de pagina
Universidad de Concepción Acreditación Universitaria Dirección de Tecnologías de Información