NORMATIVA DE CUENTAS
1. La cuenta UdeC (en adelante CU) electrónica es un beneficio
que la Universidad de Concepción, a través de la Dirección
de Tecnologías de Información (en adelante DTI),
entrega a sus alumnos, docentes y funcionarios en general.
2. La vigencia de la CU, de acuerdo a cada usuario, es la siguiente:
CUENTAS PERSONALES
Alumnos de pregrado: mientras sea alumno regular o se encuentre
en proceso de titulación.
Alumnos de postgrado: según norma interna de la Dirección de Postgrado.
Funcionarios: hasta el cese de su relación laboral con
la Universidad.
3. La cuenta se otorga exclusivamente para fines académicos
y/o universitarios, es decir, apoyar actividades del quehacer de
la docencia, de la investigación, de la extensión
y de la administración que no contravengan la ética
y principios de nuestra casa de estudios ni tampoco la legislación
vigente.
4.
El titular de la CU es el único responsable de los contenidos
publicados en los distintos servicios, por lo que es quien responderá
en caso de aplicación de sanciones por la violación
de la presente normativa. Asimismo, responderá personalmente
de los delitos informáticos contenidos en la ley 19.223
5.
Los contenidos de las páginas web almacenadas
en el servidor de la Universidad a través de la CU son públicos, por lo tanto
están expuestos a revisiones periódicas por parte
de la DTI, con el fin de corroborar que se cumplan las normativas
presentes.
6.
El uso de la CU es de carácter personal. Por lo tanto,
no se deben usar cuentas de terceros ni autorizar su uso por personas
distintas al titular.
7.
El envío y recepción de mensajes es de carácter
privado, por lo tanto, en principio, ningún organismo o persona
está facultado para accesar esa información.
8.
No obstante lo anterior, la DTI se reserva el derecho a revisar
los materiales enviados, eliminar cualquier material a su entera
discreción o revelar en cualquier momento y sin previo aviso
cualquier información si lo cree necesario para cumplir con
cualquier ley, reglamento, proceso legal o solicitud gubernamental
aplicable.
9.
Se considerará vulnerada la presente normativa en los siguientes
casos:
La
utilización del espacio (para mails y/o página web) otorgado en la CU a cada usuario
para anunciar u ofrecer la compra o venta de cualquier bien o servicio
para cualquier fin comercial. Entre estos se consideran auspicios, patrocinios, links a empresas y similares.
La incorporación de banners y links desde cualquier parte del sitio, que estén direccionados a instituciones comerciales con fines de lucro. Por ejemplo: bancos, tiendas comerciales, desarrolladores de sitios.
La publicación de información que vulnere la legislación
nacional, esté reñida con la ética o que contravenga
los principios universitarios, tales como imágenes pornográficas,
información homofóbica, racista, clasista que pueda
dañar la integridad o el honor de las personas, instituciones
o creencias. Tampoco se pueden incluir en las páginas personales,
hipervínculos hacia sitios con estas características.
El almacenamiento de música, software, películas,
imágenes, código malicioso, claves de acceso o cualquier
archivo cuyo contenido sea ajeno a los fines para los que se otorgó
la cuenta.
La carga de archivos que contengan virus, "Troyanos",
"gusanos", bombas de tiempo, archivos dañados o
cualquier otro programa o software similar, el envío de mail
masivos (spam), Phishing scams, Hacktivismo
u otras acciones que puedan perjudicar el funcionamiento de los
equipos de la Universidad o de propiedad de terceros.
Cualquier intento de apropiación de información de
las bases de datos corporativas o de privados, el molestar a otros
usuarios y la generación de sobrecarga, por ejemplo a través
de la creación de foros en las páginas,
ya sea en equipos de la Universidad o de conexiones fuera de la
ella.
10.
La DTI se reserva el derecho de modificar la presente normativa
cuando así lo estime conveniente, dando por hecho que es
conocida y aceptada por quienes ya poseen CU anteriores.
11.
La DTI no se responsabiliza por los daños o perjuicios
que la actuación de terceros pudiera generar en páginas
personales, cuentas o correos de sus usuarios.
12.
En caso de no cumplimiento de alguna o todas estas normas, la DTI
se reserva el derecho de aplicar una sanción, que puede llegar
hasta la suspensión temporal o definitiva del servicio al
usuario, dependiendo de la gravedad de la situación, sin
perjuicio de otras acciones penales o civiles que correspondan.
13.
Esta normativa también aplica a las Cuentas Especiales, que se crean previa solicitud
para Facultades, Reparticiones, Programas y otros.
14.
Algunos de los servicios asociados a la CU tienen sus normativas específicas, las
que se entienden conocidas e incluidas dentro de esta aceptación.